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Exención del impuesto a las ganancias para bibliotecas populares

El artículo 20º de la Ley de Impuesto a las Ganancias establece que las asociaciones civiles sin fines de lucro podrán solicitar a la AFIP la exención a este impuesto. La Resolución General AFIP 2681/2009 establece el procedimiento para hacerlo.